La construcción no se ajusta a las previsiones que sobre construcciones se imponen en la normativa de este Parque Natural
© Proyecto Sierra de Baza
Casa construida en la Fraguara en su estado actual. La actuación ha tenido un costo de 256.000 €.
Presentada como una rehabilitación de la antigua y modesta casa forestal que existía en el paraje de La Fraguara, se inauguraba el pasado 28 de enero por la delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Inmaculada Oria, y el alcalde del Valle de Zalabí, Manuel Aranda, la casa forestal de la Fraguara, en Charches, de la que en la nota de prensa difundida desde la propia Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se informaba que había sido restaurada como equipamiento medioambiental para que sirva de apoyo a la actividades de uso público en el Parque Natural Sierra de Baza.
Según esta misma nota de prensa, el proyecto de restauración ha consistido en el acondicionamiento y recuperación de la edificación y del área de acampada, la balsa y los abrevaderos cercanos al aprisco. También se indicaba que se ha ampliado la zona cercada mediante postes de madera, integrando dentro de esta valla cinegética todas las actuaciones.
Pero es suficiente una visita a la zona para comprobar, por cuantos conocíamos este paraje, que lo que allí se ha hecho no guarda relación alguna con los anunciado, ya que si allí existía una pequeña casa forestal de apenas 60 metros cuadrados, se ha levantado una nueva edificación de unos 120 metros cuadrados, que tampoco se atiene a la configuración, características arquitectónicas y volúmenes de la preexistente, con lo que hablar de rehabilitación es todo un eufemismo, para intentar esconder la irregular actuación que allí se ha llevado a cabo.
La normativa del Parque Natural Sierra de Baza en materia de rehabilitaciones
© Andrés García-Granados
La pequeña y modesta casa forestal que allí existía antes de que se demoliera para levantar en su lugar la obra nueva actual.
La normativa del Parque Natural Sierra de Baza, rigorista y obsoleta, como hemos tenido ocasión de comentar en otras ocasiones, no permite este tipo de actuaciones que se ha llevado a cabo en la Fraguara, ya que la letra e) del apartado 4.2.11 (EDIFICACIONES) del vigente Plan Rector de Uso y Gestión del Parque natural Sierra de Baza, destaca como “las obras de mejora, mantenimiento, así como las de rehabilitación, en ningún caso podrán suponer: Aumento del tamaño de la edificación, salvo cuando se justifique adecuadamente en el correspondiente proyecto. Alteración de las características edificatorias externas”, lo que es fácilmente constatable no cumple la nueva construcción levantada en La Fraguara, ya que no respeta tamaños, formas, volúmenes, ni características edificatorias externas, pudiendo igualmente contravenir las previsiones de la Ley 1/1997, de junio de Ordenación Urbanística de Andalucía, en materia de régimen del suelo no urbanizable (arts. 52 y sts.), tipificable como infracción muy grave, al haberse llevado a cabo la irregular construcción en un suelo no urbanizable de especial protección como es el ámbito del Parque Natural Sierra de Baza (art. 207, 4, C de la LOUA).
La Ley es igual para todos
© Proyecto Sierra de Baza
Otra panorámica de la casa levantada en La Fraguara, con una tipología y diseño que tampoco se ajusta al de la arquitectura popular de la Sierra de Baza, como exige su normativa.
Gran malestar ha levantado esta actuación entre los vecinos y propietarios del Parque Natural Sierra de Baza por esta actuación de la Consejería de Medio Ambiente, y más cuando esta administración pública se vienen mostrando sumamente rigoristas y exigentes con todas las actuaciones que relacionadas con rehabilitaciones, incluso de obras menores, se pretenden llevar a cabo dentro del ámbito del Parque Natural Sierra de Baza, las que deben de ser informadas de manera preceptiva y vinculante a los respectivos ayuntamientos antes los que se solicitan estas licencias, lo que están motivando que sean muchas las construcciones históricas que se levantan en este espacio protegido que están sumidas en un proceso de irreversible degradación y consiguiente desaparición, sin que se permita a sus propietarios cumplir con su deber de conservación, so pretexto de una interpretación rigorista y sesgada de la normativa aplicable, como hemos tenido ocasión de denunciar en más de una ocasión en esta misma revista digital (puede ampliarse información AQUÍ).
Un doble e inadmisible rasero, que ahora se evidencia en toda su magnitud, con esta polémica construcción que ha levantado la Consejería de Medio Ambiente en la Fraguara, en la que los informes vinculantes y preceptivos no parecen haber sido tan quisquillosos y restrictivos como en las licencias de obras que solicitan particulares, a los que se les ponen incontables trabas para terminar informándolas negativamente, en muchos de los casos que se someten a su consideración. Lo que crea perplejidad y malestar entre la población de este Parque Natural.
Muchas dudas sobre esta actuación, incluso de su efectivo costo
© Proyecto Sierra de Baza
Justificante de Registro de la solicitud de información presentada el 02/02/2016 que está a la espera de respuesta.
Muchas dudas y preguntas, aún sin respuesta, ha levantado esta actuación, no sólo por las características de la obra que se ha llevado a cabo en este paraje de la Fraguara, que parece no adaptarse a la normativa urbanística aplicable, por lo que podríamos encontrarnos ante una construcción ilegal, sino también sobre su efectivo costo, ya que Proyecto Sierra de Baza ha tenido acceso al contrato NET545074 de Obras de Rehabilitación de la Casa Forestal de la Fraguara para la medida 04_GR_323_1 del Plan de Infraestructuras Forestales 2015 en el T.M. del Valle del Zalabí de fecha 14/04/214 formalizado entre la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (AMAYA) y la empresa adjudicataria, y el importe total de la adjudicación, IVA incluido, difiere notablemente del que se ha indicado en la nota de prensa difundida por la Consejería de Medio Ambiente que supuestamente ha tenido esta actuación de 256.000,00 €, por lo que acogiéndonos a la Ley 1/2014 de 24 junio, de Transparencia Pública de Andalucía, hemos solicitado se nos informe: del costo real que ha tenido esta actuación; si ha existido un incremento del precio final sobre el de la contrata a qué se ha debido; procedimiento que se ha seguido para su modificación; certificado final de obra y autorización del gasto que pueda existir; así como cualquier otro dato que la administración estime pueda aclarar las contradicciones encontradas entre el precio de la contrata y el que se ha indicado en los medios de comunicación ha tenido la actuación.
Aunque esta solicitud fue admitida a trámite el pasado 5 de febrero, no hemos recibido aún respuesta cuando cerramos los contenidos de esta edición, teniendo la administración 20 días hábiles a contar desde el 05/02/2016, plazo que puede prorrogarse por igual periodo en el caso de que el volumen o complejidad de la información solicitada así lo requiera. Por lo que una vez recibamos esta respuesta, informaremos sobre la misma y efectuaremos nuestras valoraciones, sobre este controvertido tema.
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