Se ha incluido a la cabra montés como especie cinegética en la Sierra de Baza
© José Ángel Rodríguez
Grupo de montesas fotografiadas en el Parque Natural Sierra de Baza. Diciembre-2016
En el BOJA nº 135 publicado el pasado 17 de julio, se publica la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de fecha 10 de julio de 2017, por la que se declara la Zona de Caza Controlada «Sierra de Baza». Tiene una superficie de 22.335,62 hectáreas y se localiza en los términos municipales de Baza y Caniles (Granada), encontrándose incluid toda esta superficies en el ámbito del Parque Natural de la Sierra de Baza, afectando a los montes públicos relacionados en el Anexo adjunto a esta normativa.
Según se destaca en su exposición de motivos “el ciervo, junto al jabalí, constituye el objeto de la principal actividad cinegética del Parque Natural, asimismo, la cabra montés supone una nueva expectativa como especie cinegética a aprovechar, ya que hasta la fecha no ha existido dicho aprovechamiento habiéndose observado ejemplares con más de 10 años”.
También se pone el énfasis en destacar como se va a llevar un drástico control de la población de ciervos, para lo que destacan que “la situación actual se caracteriza por lo siguiente:
a) Una muy baja calidad cinegética del ciervo.
b) Daños en las fincas agrícolas del entorno, lo que ha generado un creciente número de reclamaciones por daños a los cultivos.
c) En ciertos enclaves del Parque se está comprometida la conservación de elementos relevantes de la flora. Así, diversos estudios de la Universidad de Granada afirman que la renovación del pinar de Pinus sylvestris autóctono en los Prados del Rey está siendo afectada seriamente por la presión de herbivoría del ciervo.
d) En estos últimos dos años se ha producido un decaimiento de la masa forestal de pinos de repoblación en general, para cuya recuperación será necesario establecer una nueva densidad de herbívoros en dichas zonas (unas 2.000 ha aproximadamente)”.
Por todo lo que se termina por considerar que “la correcta gestión de la población de ciervos, en la que se compatibilicen el aprovechamiento cinegético con el mantenimiento de unos niveles sostenibles, pasan por continuar con la corrección de los ratios por sexo estableciendo, como se viene haciendo, la obligación de cazar un número de hembras de acuerdo con el Plan de Ordenación Cinegética”.
Finalmente se deja abierta la posibilidad de que esta riqueza cinegética sea compartida por cazadores del resto de Andalucía, de donde se hace necesario articular una fórmula de gestión que, favoreciendo a los locales, a su vez reserve un cupo de caza para cazadores foráneos.
Puede accederse al texto completo de esta normativa pulsando AQUÍ.
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