Se desatiende, un año más, la necesidad de llevar a cabo una moratoria en la caza de la tórtola europea
© José Ángel Rodríguez
Tórtola europea junto a un punto de agua de la Sierra de Baza.
Por Resolución de 6 de mayo de 2019, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los periodos hábiles de caza para la temporada 2019/2020, publicada en el BOJA nº 89 de fecha 13 de mayo pasado, a cuyo contenido completo pueden accederse AQUÍ, se hacía pública la normativa, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autonómica de Andalucía, y se establecen normas para la presente temporada cinegética 2019/2020.
Una resolución que permite, un año más, la caza de la tórtola europea durante la llamada media veda (desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 18 de agosto y el 15 de septiembre), y exclusivamente se limita la prohibición de caza en Andalucía de esta especie, la tórtola europea, en el período general de la caza menor, es decir, desde el primer domingo del período comprendido entre el 6 de octubre y el 3 de enero, lo que no resuelve nada, ya que en estas fechas las tórtolas se han ido a África y no quedan en los campos y montes de España, por el carácter de especie migratoria estival.
La tórtola europea, es una especie que en el pasado era muy frecuente en los paisajes agrarios y forestales de la península, que ha visto cómo sus poblaciones han caído en torno a un 25% en España entre 1998 y 2017, según los datos de seguimiento de SEO/BirdLife. Otros estudios específicos apuntan a caídas en torno al 40%. En Europa, el declive medio llega hasta el 70% si se comparan los datos actuales con los de 1980.
Una prohibición propiciada por la Unión Europea, la que con el apoyo de España, aprobó un Plan Para la Recuperación de la Tórtola en 2018, que no termina de ponerse en práctica en España
© José Ángel Rodríguez
Ejemplar juvenil de tórtola europea.
La prohibición de la caza de la tórtola europea en Andalucía, tenía que haber sido una consecuencia legal del plan aprobado en 2018 por la Comisión Europea para la recuperación de la especie, denominado Plan de Acción Europeo para la Conservación de la Tórtola (2018-2028), aceptado y firmado por casi todos los países europeos incluida España, (menos Chipre, Hungría, Grecia e Italia), el que ha requerido un proceso en el que cada país ha aportado información sobre el estatus en su territorio de la tórtola europea o común en estos últimos años, el que incluye medidas de mejora para frenar su principal amenaza, la destrucción del hábitat, y una moratoria de su caza hasta que se recupere el número de ejemplares. Plan, con texto en inglés, sobre el que puede ampliarse información pulsando AQUÍ.
Normativa comunitaria que al no aplicarse puede suponer la imposición de una sanción a las administraciones autonómicas de España que no respeten esta moratoria, que son las que tienen la competencia en materia de caza. De hecho el pasado 25 de julio la Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción contra España y Francia por no proteger adecuadamente a las tórtolas.
Bruselas ha pedido a ambos países que "refuercen la protección de la tórtola europea (Streptopelia turtur), tal como exige la legislación de la UE en materia de protección de aves silvestres".
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