La falta de precipitaciones al final del verano y en los primeros días de otoño, han impedido que prácticamente haya setas este año en la Sierra de Baza
© José Ángel Rodríguez
Setas en el tronco de un viejo chopo.
PROYECTO SIERRA DE BAZA
01/11/2020
Muy mal año de setas el que se presenta, un año más, en la Sierra de Baza de forma que en el pasado octubre, el mes setero por excelencia, prácticamente han estado ausentes estos frutos otoñales y no ha habido setas este año en nuestra sierra, en la que han estado prácticamente ausentes, con una presencia meramente testimonial y anecdótica de algunos ejemplares de setas de chopo, en las proximidades de arroyos, acequias y lugares húmedos, las que más han podido recolectarse, también algunas setas de caldillo y poco más. Ni que decir tiene que no ha salido a concurso este año ningún aprovechamiento micológico para la recogida comercial de setas en la Sierra de Baza.
Normativa para la recogida de setas
© Proyecto Sierra de Baza
Un mal año setero ante el que estamos, que ha roto todas las previsiones e ilusiones que se habían puesto en el mismo, no obstante ello la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, publicaba en el BOJA nº 190, de 30 de septiembre de 2020, una Resolución que estará vigente hasta el 31 de mayo de 2021, en la que se da a conocer la normativa sobre recogida de setas en la provincia de Granada, estableciéndose como:
- No necesita autorización la recogida de pequeñas cantidades de setas, entendiendo como tal las recolectadas para autoconsumo que no superen los cinco kg de peso por persona y día.
- La recogida no conllevará alteración de la capa superficial del suelo.
- No se permite la recolección de setas inmaduras.
- Se prohíbe la recogida de setas en horas sin luz natural.
- Se utilizarán cestas u otros elementos de transporte que permitan la aireación y dispersión de las esporas.
- La recogida en los montes públicos de la Junta de Andalucía será gratuita, salvo que expresamente se advierta de lo contrario o se vaya a celebrar una cacería, en cuyo caso se restringirá el acceso.
- En los montes públicos pertenecientes a Ayuntamientos serán de aplicación las disposiciones municipales.
- A los montes que tengan aprovechamientos de setas no le es de aplicación esta normativa.
- A los aprovechamientos dentro de los Espacios Protegidos le es también de aplicación su normativa específica.
- No se permite la circulación de vehículos campo a través, perturbar a la fauna ni abandonar residuos en el monte.
- Esta resolución no exime de los permisos a obtener por razón de propiedad o de otras normas sectoriales.
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