La junta rectora del Parque Natural Sierra de Baza recupera sus reuniones presenciales
El 21 de octubre, tuvo lugar en el Centro de Visitante de Narváez una reunión del Pleno de la Junta Rectora en la que se analizaron las principales problemáticas a las que se enfrenta este espacio protegido
© Proyecto Sierra de Baza
Mesa de la presidencia de la primera reunión de la Junta Rectora del Parque Natural celebrada este año 2021, con su presidente, José Antonio Olmedo Cobo, en el centro de la imagen, a la izquierda la secretaria de la Junta Rectora, Ana Muñoz Ferriz, y a la derecha, Almudena Cano, Directora Conservadora del Parque
PROYECTO SIERRA DE BAZA
01/11/2021
Desde el mes de abril de 2018 no se reunía presencialmente la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de Baza, encuentros que se han podido recuperar el pasado 21 de octubre, en que tuvo lugar en el Centro de Visitante de Narváez una reunión presencial de los miembros con que cuenta la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de Baza, en la que se encuentra representada la asociación Proyecto Sierra de Baza a través de su presidente, José Ángel Rodríguez, y como suplente, por Agustín Orduña.
En el Orden del Día aparecían temas de mucho interés y actualidad, como eran los relativos a la Aprobación de la Memoria del año 2020, que presentó y expuso la Directora Conservadora, Almudena Cano, la que destacó algunas actuaciones como la de que durante el pasado año 2020 se ha actuado en 20 caminos y pistas forestales del Parque Natural Sierra de Baza, que representan un total de 80 km, con una inversión total de 572.439,47 €. También destacó que se está trabajando en algunos instrumentos normativos como el II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Baza, el que ha sido sometido ya a varias fases de información pública, habiendo recibido más de 300 alegaciones, encontrándose en la fase previa a la de aparición el documento final. El otro instrumento normativo que está también en revisión, ya que terminó su vigencia temporal en el 2016, es el PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión), encontrándose en tramitación la aprobación de un nuevo PORN y PRUG, encontrándose ambos en fase de revisión, habiéndose tomado como base el borrador de 2016, lo que supone un retraso de más de 5 años. La memoria de actuaciones quedó aprobada por asentimiento de la Junta Rectora, sin reparos alguno al respecto.
A lo largo del otoño y del próximo invierno se espera una reactivación de la plaga de la procesionaria
© Proyecto Sierra de Baza
Masa de pinar afectada por la oruga de la procesionaria con una defoliación total en el Parque Natural Sierra de Baza
Otro tema que mereció la atención de la Junta Rectora, fue el relativo a la información sobre el Estado de la Procesionaria del Pino en el Parque Natral Sierra de Baza, sobre la que se informó de la situación que presenta en estos momentos esta endémica plaga de los pinares y de cómo a la vista de la climatología que se está registrando en los últimos meses y muestreos efectuados en los trabajos de campo realizados, se espera una reactivación en este año, con un probable aumento considerable de las zonas afectadas, que se estiman van a poder presentar un riesgo de defoliación total (grado 5 de la escala 0 a 5 que se utiliza para medir la incidencia de la procesionaria en el pinar), previéndose la mayor incidencia en las masas de reforestación de pinar y dentro de éstas en las teselas plantadas con Pinus nigra (pino laricio o salgareño), una especie que es muy apetecida por las orugas de la procesionaria. Otro factor que se destacó fue la posibilidad de que este año pueda llegar a presentarse una doble generación en la oruga de la procesionaria, dada la bonanza de la climatología que se está registrando, lo que puede agravar su incidencia, por lo que se anunció que se van a tomar medidas preventivas para tratar esta plaga que va a incluir tratamientos de diferentes tipos: con feromonas, aéreos, con cañón y manuales. También se va a potenciar la lucha biológica contra la plaga colocando cajas anidaderas que propicien la presencia de aves insectívoras en las zonas potencialmente afectadas, así como cajas para murciélagos, que se estima son muy eficaces en la lucha contra la polilla de este insecto.
Proyecto Sierra de Baza, a través de su portavoz en la Junta Rectora, dejó constancia de nuestra oposición a que en la lucha contra la procesionaria en el Parque Natural Sierra de Baza se utilice el Dimilín, como se anunció podía llegar a hacerse, dado el carácter poco selectivo de este insecticida, y la incidencia que puede tener en la población de insectos de modo general y no solo en la oruga de la procesionaria. Siendo además un producto que está muy cuestionado y prohibido en muchos lugares, por lo que no debe de utilizarse en un espacio protegido como es el Parque Natural Sierra de Baza.
Otro tema que se trató en la Junta Rectora del pasado 21 de octubre y en el que vamos a tratar con más profundidad en otra noticia de esta revista digital, fue el relativo a la información sobre el proyecto de actuaciones selvícolas urgentes en la masa de pinar afectadas por el proceso de decaimiento en la Sierra de Baza, como adaptación de la masa forestal de estos montes ante el cambio climático, dentro de la conocida como selvicultura adaptativa al cambio climático, para intentar mejorar la salud y vitalidad de estos montes, que sufren un grave y preocupante proceso de decaimiento forestal.
La necesidad de que con urgencia se ponga fin al bloqueo que hay en la autorización de obras de rehabilitación y conservación de las construcciones históricas
© Proyecto Sierra de Baza
Las construcciones históricas de la Sierra de Baza se hunden, sin que la administración responsable permita su conservación o rehabilitación y mucho menos su puesta en valor
El terma que más debate y atenciones mereció dentro del apartado de ruegos y preguntas fue el relativo a las trabas administrativas que están encontrando los propietarios de construcciones en el ámbito del Parque Natural Sierra de Baza, que desean rehabilitarlas o repararlas y no le es posible al venir emitiéndose por la dirección el Parque Natural Sierra de Baza, informes preceptivos denegatorios vinculantes para los respectivos ayuntamientos en que radican estas construcciones, al venir aplicando la administración autonómica la obsoleta y restrictiva normativa que aparece en el PRUG (Plan rector de Uso y Gestión), que exige al solicitante de la, licencia (punto 4.2.11 Edificaciones) que acredite que la finca que se quiera rehabilitar “se encuentra en explotación desde al menos hace tres años, así como que acredite su relación directa con la actividad agraria o la del personal laboral vinculado a la actividad laboral, mediante copia de la inscripción en el correspondiente Régimen Agrario de la Seguridad Social, presentando además documentación acreditativa de la obtención de rentas provenientes de la explotación o cualquier otra documentación que demuestre que la finca se encuentre en explotación”, lo que es una norma en la práctica imposible de cumplir, ya que si la construcción precisa rehabilitarse o reconstruirse, es porque evidentemente no está en explotación ni uso en los últimos tres años, con lo que exigir la misma al solicitante es todo un contrasentido. Además de que se destacaba desde Proyecto Sierra de Baza que estas restricciones están en contra de normas urbanísticas de superior rango como son el artículo 155 de la LOUA (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía) que impone todo a propietario el deber de conservar y rehabilitar sus construcciones manteniéndolas en condiciones dignas de ornato, precepto que no se aplica en el Parque Natural Sierra de Baza, sin razón justificadora de tipo alguno, ya que no permite a los propietarios que rehabiliten ni conserven sus construcciones dando lugar a la paulatina y progresiva destrucción de estas construcciones, lo que está suponiendo una pérdida irreversible de este importante legado cultural, lo que no solo está en contra con el espíritu de preservación y conservación de los legados culturales y etnográfico (no solo naturales) de este espacio protegido, conforme a sus normas rectoras y directrices de la normativa estatal y comunitaria que la regulan, sino que es una grave irresponsabilidad de los actuales gestores de este espacio protegido, al estar propiciando y coadyuvando activamente a la destrucción de todos estos elementos culturales y etnográficos, aplicando de forma irregular una normativa temporal que no está en vigor y consecuentemente no pueden aplicar, como deja claro en estos casos la disposiciones imperativas del artículo 4.2 del Código Civil sobre la aplicación de las normas jurídicas.
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