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Edición Mensual - Año XXVI | Nº 305 - Noviembre 2024

NOTICIAS

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La Orden de Vedas de Andalucía prohíbe por segundo año consecutivo la caza de la tórtola europea


La especie se encuentra en peligro de supervivencia a corto y medio plazo, por el declive que viene sufriendo

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© José Ángel Rodríguez
Pareja de tórtolas común o europea (Streptopeliaturtur), una especie que viene sufriendo un importante declive poblacional en los últimos años. 

PROYECTO  SIERRA DE BAZA
01/08/2022 

El BOJA del pasado 5 de julio de 2022, publica la Orden de 29 de junio de 2022, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se publican los periodos hábiles de caza para la temporada 2022-2023. 

Como principal novedad de este texto normativo, tenemos la de que se mantiene, un año más, el cupo de “capturas cero” para la tórtola común o europea (Streptopeliaturtur). 

A tal efecto es de destacar en lo que respecta a la tórtola común, como en 2018 se aprobó, por parte del comité NADEG (NAture Directives Expert Group) que asesora a la Comisión Europea, el Plan de acción para quince especies de aves en situaciones que hacían peligrar su estado de conservación, entre las que se encuentra la tórtola común o europea (Streptopeliaturtur). Entre las medidas contenidas en dicho Plan para esta especie se encuentra la de declarar una moratoria a su caza hasta establecer un plan de caza sostenible. Varios países, entre ellos España, no llegaron a establecer dicha moratoria, siendo apercibidos mediante carta de emplazamiento en septiembre de 2019 y Dictamen motivado en el año 2020 por parte de la Comisión Europea.

Tras los acuerdos alcanzados entre las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado de reducir aún más la presión cinegética para dar respuesta a la carta de emplazamiento de la Comisión Europea y tras aplazar cualquier decisión respecto a la caza hasta establecer dicho plan de capturas sostenibles, sobre la que se trabaja activamente por todos los actores implicados, y una vez oído el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, se plantean modificaciones adaptativas en el calendario de caza para la tórtola común o europea.

Durante el año 2020 y parte del 2021, la Comisión Europea ha encargado a un consorcio formado por distintas entidades de ámbito científico, lideradas por el Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos (IREC) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), el desarrollo de unas bases metodológicas y estructura de ese Plan Adaptativo de caza sostenible para la tórtola europea al que la Junta de Andalucía se comprometió a adherirse. La elaboración de dicho Plan Adaptativo contó con la participación de distintas Administraciones Públicas y organizaciones sectoriales a través de reuniones y recepción de aportaciones escritas.

Pasillo migratorio occidental de la tórtola europea

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Pareja de tórtolas común o europea (Streptopeliaturtur), posadas en una acacia.

De acuerdo con lo recogido en el Plan Adaptativo de Caza Sostenible de la Tórtola Europea, será necesario establecer las cuotas o cupos posibles de caza cada año, dependiendo del nivel y situación de la población de tórtola europea en el conjunto de Estados miembros que forman el pasillo migratorio occidental, que se deberá conocer mediante el envío de información puntual de censos e inventarios y bolsas de caza, cuando las haya, de la temporada anterior, así como los resultados de los estudios de productividad y supervivencia de la especie, el establecimiento de un sistema de control de cupos y las mejoras de hábitat realizadas por la Administración, los grupos conservacionistas y por los titulares de los terrenos cinegéticos que se comprometan. Dicho mecanismo requiere de una toma de información en cada Estado miembro de la estimación de la población en el periodo entre la primavera y el otoño que se enviará al órgano de gobernanza de este Plan Adaptativo para que se estudien dichos datos y se establezca la posibilidad de cazar la especie y en qué cantidad, resultando necesario establecer las cuotas disponibles para cada uno de los Estados miembros y las regiones de estos, que se trasladarán a las normativas que rijan sobre la actividad cinegética en cada una de ellas. Dado que los plazos van a ser siempre muy ajustados, pues el órgano de gobernanza recibirá toda la información a finales de año y debe realizar el análisis y toma de decisiones, en las que participan todos los sectores, es muy posible que la directriz que los Estados miembros se han comprometido a incluir en su normativa cinegética se conozca con poco margen de tiempo para desarrollar y tramitar una nueva modificación de esta orden cada temporada cinegética. Por esta razón se propone una redacción del artículo 3 de la orden de vedas que disponga que los cupos anuales, cuotas asignadas y otras posibles determinaciones relativas a la tórtola europea emanadas del Plan Adaptativo de caza sostenible de la especie, como consecuencia de estas circunstancias excepcionales de tipo ecológico de especial gravedad, se determine cada temporada cinegética mediante resolución motivada de la Dirección General competente en materia de caza, para adoptar las medidas cinegéticas excepcionales que comprendan las directrices, fechas, cupos, cuotas acordadas por el órgano de gobernanza o grupo de trabajo de dicho Plan, conforme al artículo 7.1 del Decreto 126/2017, de 25 de julio, y dadas a conocer mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En este sentido, el pasado año se dictó y publicó en el BOJA la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se adoptan las directrices del Plan de Gestión Adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopeliaturtur) en Andalucía, durante la temporada 2021-2022, que determinó la “cuota cero” de capturas de esta especie, una “cuota cero” que se mantiene para la próxima temporada cinegética al estimarse que no ha mejorado la situación de esta especie, aunque se contempla la posibilidad futura de que pueda volver a cazarse la tórtola europea, para lo que de conformidad con la habilitación conferida en el artículo 7.1 del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de caza establecerá mediante resolución el cupo y periodo de caza correspondiente a cada temporada cinegética, de acuerdo con las directrices establecidas para cada temporada por el órgano de gobernanza del Plan Adaptativo de caza sostenible de la tórtola europea en el pasillo migratorio occidental, destacando como una vez se asignen cupos de caza de la tórtola europea, los titulares de los cotos, deberán remitir a la Delegación Territorial competente en materia de caza de la provincia correspondiente a su terreno cinegético, informe cinegético de capturas de la media veda, de todas las especies y modalidades practicadas, antes del 1 de octubre de la temporada en curso.

De modo que hasta que no se implante respecto a la tórtola europea o común, el plan adaptativo de caza sostenible para este especie, se mantiene una “cuota cero de captura”. En este sentido se ha destacado por la Junta de Andalucía que va a ser fundamental el convenio firmado entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible sobre esta especie cinegética con la Universidad de Córdoba, que va a permitir profundizar y conocer con rigor la situación y tendencia poblacional que presenta la especie en Andalucía, antes de volver a autorizar su caza .

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